Índice:
- Objetivos
- Normativa de referencia
- Proyecto Educativo de Centro
- Proyecto de Gestión
- Proyecto Curricular
- Reglamento de Régimen Interno
- Programación General Anual
- Régimen Económico del Centro
1. Objetivos:
- Participar en la definición del proyecto educativo y en las actividades del centro.
- Conocer modelos de gestión de calidad y su aplicación a los centros para promover la calidad de los contextos educativos,también como garantizar el bienestar de los alumnos.
- Analizar la gestión de los centros y su capacidad de innovación a través de los documentos institucionales.
- Conocer y aplicar experiencias innovadoras en educación primaria.
2. Normativa de Referencia
- En el Capítulo II. Autonomía de los centros. Autonomía Pedagógica podemos encontrar los apartados siguientes para informarnos sobre los proyectos y las normas del centro:
- El proyecto Educativo. Art. 121
- El proyecto de Gestión. Art. 123
- Normas de Funcionamiento. Art. 124
3. Proyecto Educativo de Centro:
Este es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos, un instrumento para la convergencia educativa del centro y una invitación a la innovación para los profesionales y padres.
El PEC busca un modelo educativo ideal y tiene que ser una escueta especificación de las señas de identidad del centro.
El PEC tiene un conjunto de CONTENIDOS:
El punto de partida son las necesidades específicas del alumnado y del contexto escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro.
- Valores, objetivos y prioridades de actuación.
- Concreción de los currículums y la transversalidad.
- Plan de Acción Tutorial (PAT)
- El Plan de Normalització lingüística.
- El Plan para el fomento de la lectura.
- El Plan de transición de la E.Pr. a la ESO.
- El Reglamento de Régimen interno (RRI).
- El diseño particular de los programas lingüísticos que aplique el centro.
La publicación e información del PEC se llevará a cabo por el director/a del centro
El PEC tiene unos principios importantes que tiene que seguir en su función.
Estos son:
- No discriminación: Igualdad.
- Inclusión educativa. (proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y reduciendo la exclusión en la educación)
- Acceso a la Comunidad Educativa.
- Orientación por parte de la Administración Educativa.
- Coordinación Primaria-IES.
- Modelos de Programación.
Lo aprueba el Director/a.
4. Proyecto de Gestión:
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 1. Los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 2. Las administraciones podrán dotar de mayor recursos a los centros según necesidades.
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 3. Los centros públicos podrán obtener recursos extra con la aprobación del consejo escolar y dentro de los límites de la ley
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 1. Los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 2. Las administraciones podrán delegar en los órganos del centro, la adquisición de bienes, contratación de obras.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 3. Los centros podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar.
5. Proyecto Curricular:
Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.
- La adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar.
- Organización y adecuación a los ciclos de los contenidos y grado de desarrollo de las capacidades expresadas.
- La distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria.
- Criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio- temporal.
- Criterios y estrategias de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y, en Educación Primaria, criterios de promoción de ciclo.
- Decisiones relativas al tratamiento de la diversidad, en el marco del currículum ordinario.
- La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial.
- Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con NEE.
Los proyectos curriculares serán coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.
Los órganos de coordinación son:- Equipos de ciclo
- Comisión de Coordinación Pedagógica. Formado por:
- director/a
- Jefe/a de estudios.
- coordinadores de ciclo.
- La PT del centro.
- La PT del Servicio psicopedagógico Escolar.
- Tutores.
6. Reglamento de Régimen Interno.
Esto es el conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula a convivencia en el centro
Normas de funcionamiento. Artículo 124. LOE. Al menos para garantizar el plan de convivencia:
- Artículo 124. Punto 1. Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia.
- Artículo 124. Punto 2. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.
- La organización para la participación de todos.
- La organización y reparto de responsabilidades.
- Los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen.
- La organización de los espacios del centro.
- Se dispondrán en el centro tablones de anuncios al respecto
- El Claustro podrá aportar criterios y propuestas.
- La AMPA podrá aportar propuestas de modificación del RRI.
- El RRI será aprobado por el Director/a del centro.
7. Programación General Anual:
Los centros elaborarán al principio de cada curso una PGA que reunirá todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación.
La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación.
Contenidos:
- El Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso.
- Los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
- El PEC y sus modificaciones.
- Los mecanismos de evaluación de las medidas de mejora adoptadas.
- El programa anual de actividades extraescolares.
- La situación del proceso de aplicación del diseño particular de los programas lingüísticos del centro.
- El calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro.
- El calendario de evaluación y entrega de la información.
- Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres.
- Una memoria administrativa con documentos de organización.
- El programa anual de formación permanente del profesorado.
- El programa anual de comedor escolar
- El Consejo escolar/ propuestas del Claustro/ y la AMPA.
8. Régimen Económico del Centro:
Orden 18 de Mayo de 1995 (40puntos) los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario